Redacción Política y Justicia
La absolución del expresidente Álvaro Uribe Vélez por parte del Tribunal Superior de Bogotá no es solo un fallo polémico – es un terremoto institucional que deja al descubierto la fragilidad del entramado constitucional de 1991, alimenta el impulso a una asamblea constituyente y evidencia cómo gremios, medios y poderes paralelos confabulan en un asalto a la buena fe de la justicia colombiana.
La resolución adoptada hoy por el Tribunal Superior de Bogotá —que revoca la condena de doce años contra Álvaro Uribe por soborno en actuación penal y fraude procesal— no es simplemente un tropiezo judicial. Es un hachazo al diseño institucional que contempla la Corte Suprema de Justicia como tribunal máximo, al principio de independencia judicial, al estándar de derechos humanos aplicable internacionalmente y, finalmente, al alma misma de la Constitución Política de Colombia de 1991.
El fallo y su resonancia estructural
El fallo del TSB no sólo absuelve al expresidente de todos los cargos en este segundo grado de instancia, sino que lo hace bajo argumentos que contradicen la anterior valoración de pruebas, incluidas interceptaciones avaladas por la Corte Suprema, y revierten un fallo de primera instancia que implicó casi una década de proceso.
Esa reversión, política y jurídica, desata una reacción inmediata del Presidente Gustavo Petro, quien la califica de encubrimiento de una “gobernanza paramilitar” y convoca a la recolección de firmas para una asamblea constituyente.
Pero más allá de la persona implicada —y no es poco relevante— lo que está en riesgo es la arquitectura de pesos y contrapesos: el sistema judicial independiente, las garantías fundamentales, el debido proceso, la separación de poderes y el vínculo de nuestras instituciones con los compromisos internacionales de derechos humanos.
Violación de competencias y jerarquías judiciales
La orden del TSB plantea una extralimitación que merece ser analizada desde el punto de vista constitucional. Al trabar o modificar decisiones que debían ser revisadas por la Corte Suprema, el TSB invade un ámbito que no le corresponde constitucionalmente. Colombia tiene un sistema en el que la Corte Suprema, para los altos funcionarios, es tribunal de última instancia penal. Que un tribunal de segundo grado —aunque tenga competencia— actúe como si fuera última instancia o modifique substancialmente criterios ya fijados por la Corte, erosiona el principio de jerarquía y el respeto a la estructura de la administración de justicia.
Se abre, entonces, una fisura preocupante: la jurisdicción autónoma de las Altas Cortes es puesta en entredicho, y con ello, se inocula una lógica de “resolución política del derecho” que coopta la justicia al servicio de intereses particulares. Si las normas internacionales de justicia —como el derecho a un tribunal imparcial, el debido proceso o el control de garantías— fueron invocadas por la Corte Suprema, para que ahora un tribunal inferior descarte esos fundamentos, estamos ante una regresión estructural.
Daño al texto constitucional de 1991
La Constitución de 1991 diseñó Colombia como un Estado social de derecho, con justicia autónoma, plural, sometida a la ley, y vinculada a los tratados internacionales. Este fallo desestabiliza tres pilares: la prevalencia de la Constitución y los tratados (art. 93), la independencia judicial y el debido proceso. Si la justicia deja de ser un árbitro imparcial, ¿qué queda del Estado de derecho?
Con ello, el TSB no solo deja sin piso una sentencia concreta, deja sin piso un modelo institucional: la Corte Suprema ya no resulta la última instancia para ciertos altos funcionarios; los controles interpuestos por tratados internacionales pierden eficacia; los ciudadanos pierden confianza. Y como efecto dominó, se abre la puerta política para que el ejecutivo avance sobre los órganos de control —las altas cortes, la Fiscalía, la Procuraduría— al amparo de que “ya no funcionan”.
Gremios, medios y la confabulación del poder
Pero la crisis no procede únicamente del fallo del TSB. Hay un coro organizado: sectores gremiales y mediáticos que celebran la absolución, que la presentan como “justicia finalmente recuperada”, y que invisibilizan la dimensión institucional. Los medios que encumbran titulares celebratorios, los gremios empresariales que ahora dicen “la justicia prevaleció” y los círculos cercanos al poder que festejan la liberación de un líder político, conforman un ecosistema que actúa como aval informal de esta ruptura institucional.
Esta entente —gremios + medios + justicia intervenida— representa un asalto a la buena fe de la justicia colombiana. Porque no se trata solo de una sentencia: se trata de que la sentencia aparece envuelta en una narrativa pública atada a intereses políticos, electorales, de poder económico. Y cuando los medios legitiman esa narrativa, la ciudadanía asiste atónita a la desaparición de un guardián imparcial del sistema. En efecto, la justicia se convierte en espectáculo y objeto de confluencia de intereses.
El impulso a la asamblea constituyente
En este panorama sumamente grave, el presidente Petro no tarda en adelantarse al siguiente escenario: una convocatoria a asamblea constituyente para “recomponer el camino”. Su mensaje es claro: cuando la justicia queda cooptada, cuando las Altas Cortes quedan vaciadas de su esencia, cuando la institucionalidad no funciona, la única vía es refundarla. Este es el efecto práctico del fallo del TSB: legitima la narrativa de que el sistema debe caer y ser reemplazado.
La pregunta inevitable es: ¿se necesita una asamblea constituyente porque la justicia abandonó su misión o porque el poder político entendió que la justicia ya no lo limita? En ambos casos, el daño es estructural. Y lo es para el país en su conjunto.
Riesgos inmediatos
– Se abre un precedente peligroso: las sentencias pueden revertirse por razones que no sean estrictamente jurídicas, sino políticas.
– El desencanto ciudadano con la justicia agravará la sensación de impunidad y la legitimidad del sistema se desploma.
– El poder ejecutivo gana legitimidad para intervenir las instituciones de control, sembrando un autoritarismo con vestidura democrática.
– La vinculación de Colombia con estándares internacionales de derechos humanos se debilita: si la protección jurídica es frágil, los tratados quedan de adorno.
Conclusión: un llamado a la vigilancia institucional
Esta decisión del TSB es mucho más que un fallo judicial. Es una señal de alarma para la institucionalidad del país, un llamado al rescate del Estado de derecho. Si permitimos que un tribunal, que debería ser garante, actúe como actor político o se preste al juego de los intereses, entonces la Constitución de 1991 queda herida de muerte.
El país que se asienta sobre la democracia constitucional, el pluralismo, el control de poderes y la justicia imparcial, no puede tolerar que una sentencia se celebre como victoria de un grupo, en lugar de ser revisada como garantía de transparencia y justicia. Si la ciudadanía lo permite, la justicia dejará de ser faro y se convertirá en instrumento.
Es hora de que los juristas, los medios, los gremios honestos y los ciudadanos vigilantes alcen la voz. Porque no se trata solo de un expresidente o de un tribunal: se trata del alma de nuestro orden constitucional. Que la asamblea constituyente no sea el final del camino para —la justicia— sino el impulso para restablecerla con garantías reales y no retóricas.
La herida está abierta: que no sea definitiva.#Colombia #Justicia #EstadoDeDerecho #Constitución91 #Opinión