
Redacción Política
La Sección Quinta del Consejo de Estado suspendió de forma cautelar los efectos jurídicos del Decreto 0639 de 2025, expedido por el presidente Gustavo Petro para convocar una consulta popular, al considerar que no contó con el concepto previo favorable del Senado exigido por la Constitución. La decisión, que responde a una demanda de nulidad, representa no solo un obstáculo jurídico, sino una grieta más en el andamiaje institucional del Gobierno.
El fallo plantea un duro revés en un momento en el que la administración Petro busca legitimar sus reformas mediante mecanismos de participación directa. Aunque el decreto pretendía apelar al respaldo popular, su expedición sin cumplir con el artículo 104 de la Constitución —que exige el concepto favorable del Senado para consultas de trascendencia nacional— fue suficiente para que el alto tribunal adoptara la suspensión como medida de urgencia.
Implicaciones para el Ejecutivo
La suspensión del llamado “decretazo” no se limita al plano jurídico: sus efectos se sienten en el terreno político y simbólico. Refleja una creciente tensión entre el Ejecutivo y los órganos de control y vigilancia, al tiempo que reaviva el debate sobre los límites del presidencialismo participativo que promueve Petro. El escenario proyecta un gobierno presionado por la justicia, cuestionado en el Congreso y cada vez más dependiente del respaldo popular.
Además, esta medida puede reforzar la narrativa de “cerco institucional”, una línea discursiva que el propio presidente ha esgrimido frente a otros fallos adversos, como los que han impactado su reforma a la salud o el manejo del presupuesto.
¿Cómo debería responder el presidente?
Frente a este contexto, se abren al menos tres caminos estratégicos para Petro:
- Reconstrucción del diálogo institucional: Reabrir canales formales con el Congreso y especialmente con el Senado, no solo para buscar avales formales sino para legitimar políticamente sus iniciativas.
- Redefinición del mecanismo participativo: Explorar alternativas dentro del marco constitucional, como audiencias públicas o cabildos abiertos, que no dependan del concepto previo del Congreso.
- Fortalecimiento del frente jurídico: Preparar una defensa técnica robusta del decreto ante el mismo Consejo de Estado, si se opta por insistir en su validez, mientras se gestiona el desgaste político que esto implica.