
Redacción Gobierno y Constitución
La Corte Constitucional rechaza demanda que buscaba frenar la consulta popular anunciada por el presidente Gustavo Petro. Esta consulta, diseñada para someter a votación ciudadana la reforma laboral, había generado controversia desde su anuncio.
El demandante argumentaba que la propuesta presidencial vulneraba principios constitucionales al intentar reabrir un debate legislativo ya cerrado y usurpar funciones del Congreso. Sin embargo, la Corte concluyó que la demanda carecía de un objeto jurídico concreto para ser analizada, ya que la consulta aún no había cumplido con los actos formales necesarios, como la aprobación del Senado.
En su decisión, la Corte subrayó que no tiene competencia para realizar un control judicial previo sobre consultas populares de orden nacional que no estén formalmente consolidadas. Además, destacó que las acusaciones del demandante se basaban en interpretaciones subjetivas y no en normas vigentes.
Este fallo reafirma la importancia de seguir los procedimientos legales establecidos para garantizar la legitimidad de los mecanismos de participación ciudadana en el país.
El fallo y los opositores a la Consulta Popular
Aunque el fallo de la Corte Constitucional rechaza la demanda que buscaba invalidar la consulta popular, esto no elimina las facultades del Congreso para debatir y votar en contra de la propuesta. El Congreso sigue siendo el órgano encargado de decidir sobre la consulta una vez se cumplan los procedimientos legales necesarios.
Lo que sí hace este fallo es limitar las vías legales para detener la consulta antes de que llegue al Congreso, dejando claro que cualquier oposición deberá manifestarse dentro del marco legislativo y no mediante demandas prematuras. Esto podría fortalecer la posición del Ejecutivo en el proceso, pero no anula el derecho de los congresistas a expresar su desacuerdo.